Ante la reactivación de la actividad de las Administraciones Públicas y debido también al aumento, en nuestro despacho, de las consultas sobre como facturar a la Administraciones Públicas, retomamos en estas líneas este asunto..
A partir de 15 de enero de 2015 las facturas dirigidas a las Administraciones Públicas deberán ser electrónicas .
Si usted es proveedor de bienes o servicios a las Administraciones Públicas, aquí le proporcionamos información sobre cómo cumplir la obligación de expedir facturas electrónicas en las relaciones contractuales con las Administraciones Públicas.
Crear una factura electrónica para las Administraciones Públicas
Hay dos formas de hacerlo:
- Mediante un programa informático que cree facturas electrónicas.
- Mediante la intermediación de un prestador de servicios de facturación electrónica (expedición por un tercero).
Si trabaja usted en una pequeña o mediana empresa, o es autónomo, puede utilizar el programa informático gratuito que ofrece el Ministerio de Industria, Energía y Turismo: “Facturae”
Requisitos de una factura electrónica para las AAPP.
Las facturas electrónicas destinadas a las Administraciones Públicas tienen tres requisitos específicos:
- Estar escritas en un lenguaje informático determinado (Facturae 3.2 ó 3.2.1).
- Estar firmadas electrónicamente.
- Indicar el destinatario de la factura electrónica.
Para que la factura electrónica dirigida a la administración pública llegue al destinatario que le corresponda, deberá identificarlo en la factura electrónica.
En particular, deberá identificar:
- oficina contable
- órgano gestor
- unidad tramitadora
¿Cómo enviamos una factura electrónica?
Las facturas electrónicas dirigidas a las AA.PP. se envían a través de los puntos generales de entrada de facturas electrónicas del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.
El envío de la factura electrónica se realizará a través de Internet. Los métodos más habituales son:
- a través del portal web del punto general de entrada de las facturas electrónicas.
- mediante la conexión automática entre el programa informático o el servicio de facturación electrónica y el punto general de entrada de las facturas electrónicas.
El punto general de entrada de la Administración General del Estado se denomina FACe
Puede acceder a su portal web haciendo clic en FACe o tecleando en su navegador www.face.gob.es .
En esta web puede:
- Enviar facturas a la Administración General del Estado u otras administraciones adheridas.
- Consultar el estado de sus facturas.
- Consultar el directorio de unidades para conocer el código de identificación de la unidad destinataria.
Para más información puede contactar con nuestro despacho:
Paneque Asesores & Consultores
Tfn.952 22 67 47
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