Tal y como adelantamos, este año comienza con novedades importantes en materia fiscal para el colectivo de autónomos. Aquí os dejamos con un resumen de las más importantes.
Con algunas modificaciones a las novedades previstas para los autónomos en el 2015, este año vamos a tener una gran cantidad de cambios introducidos principalmente por la reforma fiscal aprobada por el Gobierno a finales de 2014.
Bajada de las retenciones
La principal novedad ha venido a dar un respiro al colectivo dado que bajan las retenciones que los profesionales autónomos practican en sus facturas, pasando del 21% de 2014 al 19 % a partir del 1 de enero de 2015 y al 18% a partir de enero de 2016. Se mantiene además el tipo reducido del 15% para los trabajadores autónomos con rentas inferiores a 15.000€.
Tributación por módulos
Con respecto a la tributación por módulos, se ha producido una limitación importante para acogerse a este modelo. Aunque estaba previsto para 2015, estos cambios tendrán lugar en 2016, por lo que contamos con este año para prepararnos:
- Rebaja del umbral de exclusión con carácter general bajará de 450.000 a 150.000€ de ingresos y de 300.000 a 150.000€ de gastos.
- Exclusión de las actividades incluidas en las divisiones 3, 4, y 5 de la sección primera de las tarifas del IAE y las que estén obligadas a la retención del 1% en 2015 (actividades de fabricación y construcción como albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería, pintura…).
Estimación directa simplificada
A partir de 500.000€ de facturación anual los autónomos deberán tributar en estimación directa normal del IRPF, lo que supone una reducción de 100.000€ al límite para poder tributar por simplificada.
Gastos deducibles en IRPF
Los profesionales autónomos que coticen en una mutua de previsión social diferente a la Seguridad Social podrán deducirse las cuotas por contingencias comunes. Además, se establece un tope de 2.000€ anuales en los gastos de difícil justificación.
IVA en la exportación de productos y servicios digitales a países de la UE
Esta medida ha suscitado gran polémica debido a las dificultades que provocará en la gestión de estas ventas. Desde enero, los autónomos y pymes que vendan productos o servicios digitales a la UE deben abonar el IVA vigente en el país donde se encuentre el comprador. Esto implica, además, conocer los requisitos legales que deben cumplir las facturas en ese país.
Impuesto de Sociedades
Contrariamente a los rumores que están en la calle, en el 2015 no cambia el sistema de tributación de las sociedades civiles. Sera el 2016 el año en que todas las sociedades civiles que no tengan un objeto mercantil tendrán que pasar a tributar por el Impuesto de Sociedades.
Otra medida que servirá de respiro, aunque no afecte a las pymes (que mantienen un gravamen del 25% para los primeros 300.000€ de beneficio), es la bajada al 28% en 2015 y al 25% en 2016 en el Impuesto de Sociedades.
Como vemos, muchas novedades y algunas más que están por llegar (como la ampliación de la tarifa plana a autónomos que generen un primer empleo). No olvides echar un vistazo a nuestro calendario fiscal y laboral, listo para descargar en PDF o agregar a tu calendario iCal.
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