Indemnización por despido de altos directivos

Indemnización por despido de altos directivos
Las indemnizaciones por despido de altos directivos están exentas de IRPF hasta siete días por año trabajado, que tiene como máximo seis mensualidades.

Indemnización por despido

Las indemnizaciones por despido están exentas del IRPF hasta la suma que fija el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, si el afectado es un alto directivo, la cuantía de la indemnización no aparece en la ley.

En estos casos la indemnización exigible es la que se haya pactado cuando se hizo el contrato. Si no hay un pacto, hay una indemnización mínima de siete días por cada año trabajado, que tiene como máximo de seis mensualidades.

Criterio restrictivo de Hacienda

A causa de la libertad de pactos, Hacienda siempre ha considerado que estas indemnizaciones no están exentas de IRPF, y que tributan desde el principio. De esta forma, argumenta que en este caso no se cumple el requisito de que la indemnización tenga que estar establecida por ley.

Hace unos años, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo estableció que, aunque en el contrato no se pacte indemnización por despido o se haga un pacto de una cuantía inferior, la empresa está obligada a pagar, como mínimo, los siete días por año. Sin embargo, hasta ahora Hacienda ha seguido aplicando su criterio restrictivo, no admitiendo la exención.

Tribunal Supremo y la indemnización

Recientemente la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha adoptado el criterio de la Sala de lo Social, y ha anunciado que, como la indemnización de siete días es obligatoria, también da derecho a la exención en el IRPF. De esta forma, a partir de ahora Hacienda deberá cambiar de parecer y considerar exenta la indemnización satisfecha hasta el límite de los siete días indicados.

La exención hasta el límite de siete días se podrá aplicar tanto en los supuestos en que no se haya pactado indemnización o se haya pactado una indemnización menor a siete días, siendo en este último caso obligatorio que se pague ese mínimo, y también cuando se haya pactado una indemnización mayor.

Aunque no aparezca expresamente en la ley, la indemnización de siete días es la cantidad mínima a percibir por los altos directivos al ser despedidos, por lo que está exenta de IRPF.

Contacta con Paneque Asesores para más información sobre las indemnizaciones por despidos de altos directivos.

Llámanos al (+34) 952 22 67 47.

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