Efectos de la notificación
Las notificaciones electrónicas se entienden que están producidas en el momento en que el contribuyente accede a su buzón electrónico o, si esto no se produce, por el transcurso de diez días naturales desde su puesta a disposición. Por ejemplo, si una empresa recibe una notificación en la que Hacienda le requiere que aporte una documentación, el plazo para aportar los documentos se iniciará transcurridos diez días tras recibir dicha notificación.
Ese plazo comienza a contar a partir del día siguiente de la puesta a disposición de la notificación y, si el buzón no se abre, la fecha de efectos de la notificación es la del día siguiente al transcurso de los diez días.
Por ejemplo, si la puesta a disposición de una notificación se produce el 2 de febrero y no se abre el buzón, la notificación se entenderá producida el 13 de febrero.
Resolución
Por otro lado, comentar que esos diez días no se computan si lo que se notifica es la resolución de un procedimiento. Dado que Hacienda debe cumplir unos plazos máximos para resolver, en estos casos la fecha a tener en cuenta es la de puesta a disposición de la notificación, independientemente del momento en el que el contribuyente haya accedido al buzón o si ha transcurrido el plazo de diez días para acceder a él.
Una inspección cuyo plazo de duración de 18 meses finaliza el 5 de febrero se considerará finalizada en plazo si la notificación que pone fin al procedimiento se produce el 3 de febrero, aunque la empresa no abra el buzón electrónico y no lea la notificación hasta el día 11 de ese mes.
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