¿En qué consiste?
¿Cuándo hay que pagar este impuesto?
Fabricación o introducción. Si su empresa fábrica o comercializa productos hechos con plástico o si simplemente embala sus productos con este material, sepa que desde el pasado 1 de enero de 2023 le puede ser de aplicación el nuevo Impuesto sobre Envases de Plástico No Reutilizables (IEPNR) .
Posesión irregular:
Otro supuesto en el que Hacienda también puede exigirle el pago del impuesto es si se produce lo que se denomina introducción irregular , es decir, si su empresa tiene, comercializa, transporta o utiliza envases de los que no pueda justificar su origen. Por ello, es importante que su empresa haga un recuento de todos los envases plásticos adquiridos o fabricados hasta el 31 de diciembre de 2022 y conserve los justificantes que acrediten que los posee desde antes de dicha fecha (facturas, inventario de existencias al cierre del ejercicio 2022, etc.).
Envases gravados
Exenciones
Cinco kilos mensuales: La normativa establece que ciertos tipos de envases están exentos del impuesto, siendo el más relevante el que afecta a las empresas cuyas importaciones o adquisiciones intracomunitarias de envases de plástico no reutilizables no excedan de cinco kilogramos al mes. Dichas empresas no deben tributar por el impuesto.
Cálculo de la cuota del impuesto
Base y tipo
La base imponible del IEPNR está constituida por la cantidad de plástico no reciclado , expresada en kilos, contenida en los productos sujetos al impuesto (debe descontarse el peso del plástico reciclado). El tipo impositivo a satisfacer es de 0,45 euros por kilo de plástico no reciclado.
Plástico reciclado
La cantidad de plástico reciclado contenida en los envases que no está sujeta al impuesto debe ser certificada mediante una entidad acreditada según la norma UNE-EN 15343:2008. Las entidades certificadoras deben estar acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) o por el organismo nacional de acreditación de otro Estado miembro de la Unión Europea.
Deducciones
Tras calcular la cuota del impuesto, para las empresas que realicen adquisiciones intracomunitarias de estos envases, la normativa permite aplicar deducciones en ciertos supuestos, como en el caso de los productos que se envíen fuera de España tras ser adquiridos, que hayan dejado de ser aptos para su uso o que hayan sido destruidos, por ejemplo.
Gestión del impuesto - Obligaciones formales
Código CIP
Este impuesto, además, lleva asociadas otras obligaciones formales. Entre ellas, cabe destacar la obligación de los fabricantes y adquirentes intracomunitarios de inscribirse en el Registro territorial del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. En dicho registro se les atribuirá un número CIP (Código de identificación del plástico).
Contabilidad y libros
Asimismo, los fabricantes de estos envases deben llevar una contabilidad de los productos obtenidos. Por su parte, los que realicen adquisiciones intracomunitarias deben llevar un libro de existencias. En ambos casos los asientos contables y los libros registro deben presentarse ante Hacienda de forma mensual a través de la sede electrónica (de forma similar al SII), dentro del mes siguiente al período de liquidación.
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