Uno de los empleados de su empresa le ha solicitado que desde ahora hasta el final de año le practique una retención de IRPF mayor. Conozca si su empresa está obligada a aceptar dicho aumento y con qué actitud debe afrontar esta situación.
Este caso suele darse cuando el empleado ha hecho cuentas y se ha percatado de que si la empresa le practica una retención de IRPF mayor a la que le corresponde, el año próximo la declaración de la renta no le saldrá a pagar. En este caso, ¿Tenemos la obligación de hacerlo?
Practicar retención de IRPF mayor por petición del empleado
Existen varias posibilidades y formas de actuar ante esta petición de retención de IRPF mayor por parte del empleado:
- Solicitud lícita: La petición por parte de su empleado es lícita, dado que ellos pueden solicitar el derecho de retención de IRPF mayor a la que le corresponde. Para que así sea, se debe solicitar por escrito. Si la empresa recibe la petición al menos cinco días antes de la fecha de realización de las nóminas, estará obligada a aplicar el nuevo tipo de retención a partir de la siguiente nómina.
- Sin límite temporal: En este caso se debe advertir al empleado de que el nuevo tipo de retención se le aplicará únicamente hasta el final de año (incluso en los años siguientes), mientras no se exprese una renuncia por escrito y salvo que se le deba aplicar una retención de tipo superior, porque por ejemplo, la empresa haya decidido incrementarle su sueldo.
- No lo atienda: Si su empleado solicita una retención del IRPF inferior a la que le corresponde, no lo haga, dado que este tipo de solicitud no es lícita y si la atendiese la Agencia Tributaria le reclamaría a usted las retenciones que ha dejado de practicar, pudiéndole incluso sancionarle.
¿Cómo regular las retenciones del IRPF?
La empresa debe tener siempre presente que si las condiciones del empleado se ven modificadas durante el transcurso del año, deberá realizar una regularización del tipo de retención cuando:
- Se produce una variación de los ingresos que se tuvieron en cuenta en el momento de calcular la retención inicial, como por ejemplo porque el empleado pasa a ser indefinido o porque su salario se va a aumentar. En este caso la empresa tendrá que realizar una regularización.
- Si la modificación procede de otras circunstancias, las cuales no son de forma necesaria conocidas por la empresa, como por ejemplo el nacimiento de un hijo o la percepción por parte del cónyuge del empleado de ingresos, será el empleado el que deba comunicárselo de forma expresa a la empresa, para que realice la modificación del tipo de retención necesaria.
¿Cuándo se deberá aplicar la regularización de la retención?
El nuevo tipo de retención empezará a aplicarse a partir del mes en el que se produzca o se comunique la variación, pudiéndose comenzar a aplicar a partir del mes siguiente si la empresa ha conocido que debe realizarse el cambio con menos de cinco días de antelación a la elaboración de la nómina.
Aún así, la empresa puede simplificar la situación y optar por efectuar las variaciones del tipo de retención a partir de abril, julio u octubre, haciendo referencia a las variaciones que se han producido en el trimestre.
Debe prestarse atención de que las variaciones que se realicen en octubre, noviembre o diciembre deberán regularizarse obligatoriamente en la siguiente nómina.
Conclusión sobre aplicar una retención del IRPF mayor
Si un empleado de su empresa solicita que se le aplique un tipo de retención del IRPF mayor a la que le corresponde, su empresa debe atender la solicitud y mantener el nuevo tipo como mínimo hasta el final del año.
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