Pérdidas en una Sociedad
Cuando una empresa (sociedad) tiene pérdidas que dejan al patrimonio neto de la misma por debajo de la mitad del capital, la empresa está en “causa de disolución”, y el administrador de la misma tiene un plazo de dos meses para convocar una junta que permita corregir dicha situación o lleve a la disolución de la misma. En caso de no hacerlo, el administrador puede acabar en la situación de responder con su patrimonio personal por las deudas posteriores a la causa de disolución.
Qué ocurre cuando no se depositan las cuentas
Existen casos en los que la sociedad no deposita las cuentas en el Registro, de forma que el acreedor no sabe si la misma está en causa de disolución. Ante este hecho, los tribunales han indicado qué sucedería:
- La falta de depósito no comporta por si sola que la sociedad esté en causa de disolución ni la responsabilidad del administrador.
- Aunque si es un indicio cualificado de que la empresa estaba en dicha situación si además de acompaña el hecho de otros indicios, como puede ser la desaparición de la empresa, una falta prolongada de actividad o el impago de las deudas que pudiera tener.
Si quieres saber más información sobre la reclamación al administrador de la sociedad, contacta con Paneque Asesores, te ayudaremos y asesoraremos en lo que necesites. Puedes contactar con nosotros en el teléfono (+34) 952 22 67 47 o en el correo .
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