El Tribunal Supremo ha acabado dando la razón a los emprendedores que no pudieron beneficiarse de la Tarifa Plana por el hecho de que formaban parte de una sociedad.
Sentencias que favorecen a los autónomos
Hay 3 sentencias consecutivas con fechas 3/12/2019, 27/02/2020 y 4/03/2020 que indican que no puede impedirse la aplicación de los beneficios en la cotización previstos en el artículo 31 de la Ley 20/20007, del Estatuto del Trabajo Autónomo, a los trabajadores que sean socios de sociedades mercantiles capitalistas, al contrario de lo que había mantenido la Tesorería General de la Seguridad Social.
Según las sentencias, todos los autónomos que formen parte del accionariado de sociedades mercantiles pueden acceder a los beneficios en la cotización, con carácter retroactivo.
Para ilustrarlo con un ejemplo, hay autónomos que han pagado cada mes una cuota de 290 € cuando realmente tenían que pagar una cuota aproximada de 60 €, por lo que pueden solicitar la devolución de la diferencia.
Para poder hacerlo, el autónomo afectado tendrá que presentar el Recurso correspondiente a la administración para que esta resuelva.
Desde Paneque Asesores & Consultores podemos elaborar y presentar el oportuno recurso para solicitarte la devolución que te corresponda.
Para ilustrarlo con un ejemplo, hay autónomos que han pagado cada mes una cuota de 290 € cuando realmente tenían que pagar una cuota aproximada de 60 €, por lo que pueden solicitar la devolución de la diferencia.
Para poder hacerlo, el autónomo afectado tendrá que presentar el Recurso correspondiente a la administración para que esta resuelva.
Desde Paneque Asesores & Consultores podemos elaborar y presentar el oportuno recurso para solicitarte la devolución que te corresponda.
Si quieres saber más información sobre la devolución de la tarifa plana, contacta con Paneque Asesores, te ayudaremos y asesoraremos en lo que necesites. Puedes contactar con nosotros en el teléfono (+34) 952 22 67 47 o en el correo .
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