¿Qué es un ERTE por fuerza mayor?

¿Qué es un ERTE por fuerza mayor?
Un ERTE por fuerza mayor es una herramienta diseñada para superar las crisis temporales que sufran empresas y autónomos. Su efecto puede ser la suspensión por un tiempo del contrato de los empleados, o la reducción de su jornada laboral.

Este ERTE lo puede hacer cualquier empresa o autónomo que cumpla ciertos requisitos, sin importar el número de empleados que tenga en su negocio.

El tiempo que dure esta situación extraordinaria que se tiene que superar será el tiempo que dure el ERTE, ya que es temporal y no definitivo.

¿Cómo puedes solicitar un ERTE para una empresa o autónomo?

Para solicitar un ERTE hay que tramitar ciertos documentos a la Autoridad Laboral. Estos documentos tienen que ser los Medios de Prueba que se consideren necesarios y que justifiquen una causa de Fuerza Mayor.

También hay que notificarlo fehacientemente y al mismo tiempo que se solicita a los empleados o a sus representantes si estos existen.

La Fuerza Mayor mencionada incluye situaciones de salud pública donde las autoridades competentes, estatales, autonómicas o municipales pongan medidas especiales que afecten a la actividad normal de los negocios. Puede afectar cancelando actividades, restringiendo la movilidad a personas o mercancías, aislando para evitar que se propague una enfermedad, con suministros insuficientes, etc. En pos de la seguridad jurídica en todos los ámbitos que queden afectados, se tiene que garantizar la publicidad de estas medidas y su publicación en un medio oficial. 

¿Cómo se acredita el ERTE para una empresa o un autónomo?

Las causas económicas, técnicas y acreditativas que puede haber para solicitar el ERTE pueden ser: cierre forzoso, disminución repentina de la facturación o la demanda, ruptura de la cadena de suministro, etc.

La documentación que vaya a acreditar la necesidad del ERTE tiene que ceñirse a demostrar que hay una de las causas mencionadas y que tiene relación con el coronavirus.

Una vez recopilada la documentación, se presenta ante la Autoridad Laboral competente que pedirá un informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad, luego constatará que hay Fuerza Mayor y resolverá el ERTE en un plazo de 5 días desde la solicitud.

Si se otorga el ERTE al negocio, se tiene que comunicar la noticia a los empleados o sus representantes. Los efectos tendrán lugar desde la fecha del hecho que causa la Fuerza Mayor. En el caso de que se reduzca la jornada laboral, se puede reducir entre un 10 y un 70% y se reducirá también la parte proporcional del salario. En el caso de la suspensión de los contratos por un tiempo, los empleados pueden pedir la prestación por desempleo ante el SEPE y no hay indemnización.

Contacta con Paneque Asesores si quieres más información sobre el ERTE por Fuerza Mayor.

Llámenos al (+34) 952 22 67 47.

Dinos cuánto te ha gustado:
0
Derogado el despido por absentismo
Matrimonio en gananciales y fallecimiento del cóny...

Artículos relacionados

 

Comentarios

  • No hay comentarios. ¿Quieres dejar uno?

Rellena el formulario

Enviar un comentario como invitado

0 / 4000 Limitación de caracteres
El texto debe estar entre 10-4000 caracteres
Antes de publicarse, se revisará su comentario.
Normas de uso del blog.

Temas

Emprendedores
Emprendedores
66 artículo(s)
Autónomos
Autónomos
156 artículo(s)
Empresas
Empresas
309 artículo(s)
Particulares
Particulares
126 artículo(s)
Sobre nosotros
Sobre nosotros
151 artículo(s)

Comentarios

Buenas noches

Mi duda es relativa a una vivienda habitual adquirida en diciembre de 2009 a nombre de dos personas, un matrimonio en régimen de gananciales. La declaración de Irpf se hace de forma individual, pues ambos trabajamos. ¿ puede solame...
Buenos días,
Una duda, a los que están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, si no les es posible acceder a la notificación electrónica por problemas con el certificado digital, ¿la Administración debe proporcionarles alg...
Excelente post, estaba buscando consejos sobre como realizar la declaración de la renta 2018, este post me ha parecido interesente al igual que vuestra empresa. Otro post que tambien me ha gustado es https://byrconsultores.com/como-hacer-la-declaraci...
Buenos días, quisiera informarme sobre los créditos ico, quisiera darme de alta de autónomo para un nuevo proyecto, pero ya lo fui anteriormente y desgraciadamente no me fue muy bien y acarreo deudas, no sé muy bien si podría optar a un crédito ico p...
Buenos días,

Somos tres hermanos y mi madre, nuestro padre acaba de fallecer y tiene una empresa con otro socio, el era socio mancomunado y administrador (la empresa no tiene actividad, solo para alquilar propiedades, hasta venderlas para cerrarl...

En un tuit

Archivo