Empresa familiar
Usted es el único socio de su SL y siempre ha querido convertirla en una empresa familiar con la incorporación de sus hijos al negocio. Sin embargo, ya que aún son jóvenes e inexpertos, usted prefiere mantener el control de las decisiones que tome la junta sobre el rumbo de la sociedad. Vea cuáles son sus alternativas.
Cobran pero no deciden
Sin voto
Usted está pensando en utilizar la figura de las participaciones sin voto. De este modo, ellos entrarían como socios (con lo que podrían asistir a las juntas y cobrar dividendos) e irían viendo el día a día de la sociedad y participando en los beneficios, pero no podrían decidir. Recuerde que esta opción obliga a pagarles un dividendo privilegiado y, en caso de no poder cobrarlo (por no existir beneficios o estos no ser suficientes), recuperarían su derecho a voto en igualdad de condiciones que usted hasta que no se cubriera la cantidad pendiente de percibir.
Utilidad
Dadas tales características, esta solución está pensada para obtener financiación de inversores externos (permitiendo su entrada en el capital, pero limitando su poder de decisión). Por tanto, es posible que sus hijos no la acepten –ya que quieren votar siempre– o que incluso usted no lo vea claro –porque no quiere que tengan un dividendo preferente–. Vea otra opción.
Su voto vale más
Voto plural
Una alternativa a las participaciones sin voto, tal vez más ajustada a sus necesidades, es crear participaciones privilegiadas que otorguen un derecho de voto plural . Si bien lo habitual es que cada participación dé derecho a emitir un voto, en el caso de las SL, la ley permite que se creen participaciones con derecho a emitir dos o más votos (para todos los acuerdos o solo para materias concretas).
Utilidad
A diferencia de lo que ocurre con las participaciones sin voto, las privilegiadas se crean para conceder a su titular unos derechos distintos a los del resto. De esta manera:
- Usted puede crear estas participaciones en su SL, conservar su titularidad y repartir las demás entre sus hijos.
- Aunque todos tendrán los mismos derechos como socios, cuando la junta se reúna para tomar un acuerdo, sus participaciones valdrán el doble.
Temporal
Haga que esta solución tenga carácter temporal estableciendo que las participaciones tengan este privilegio mientras usted sea su propietario. Así, cuando usted transmita estas participaciones (tanto si es a sus hijos como a un tercero) el privilegio de voto desaparecerá y todos tendrán los mismos derechos.
Cómo actuar
Tome el acuerdo, como socio único, de modificar los estatutos de su SL para crear estas nuevas participaciones incluyendo una cláusula que indique que las participaciones numeradas entre tal y tal número tienen carácter de privilegiadas y que el resto tienen carácter ordinario. Deberá especificar el tipo de privilegio que contienen tales participaciones (por ejemplo, que confieren a su titular el derecho a emitir dos votos por cada voto que emitan los titulares de las participaciones ordinarias).
Si usted conserva participaciones privilegiadas y reparte a sus hijos participaciones ordinarias, aunque ellos podrán participar en la toma de decisiones, usted conservará el control al disponer de más votos.
No espere más, si necesita asesoramiento contacte con Paneque Asesores, te ayudaremos y asesoraremos en lo que necesites. Puedes contactar con nosotros en el teléfono (+34) 952 22 67 47 o en el correo .
Comentarios