Tributa menos cuando dones un inmueble

Tributa menos cuando dones un inmueble
Si vas a donar un inmueble a un hijo, recuerda que éste deberá hacer frente al Impuesto sobre Donaciones y a la plusvalía municipal. Tú, por tu parte, deberás declarar una ganancia patrimonial en el IRPF.

Donación

Si donas un inmueble a tu hijo, éste tiene que pagar unos impuestos que son:

  • ISD. El Impuesto sobre Donaciones (ISD), que se calcula aplicando sobre el valor real del inmueble la tarifa vigente en la comunidad autónoma en la que esté.
  • Plusvalía. Si el inmueble ha incrementado su valor desde que lo compraste, tu hijo deberá liquidar el impuesto sobre la plusvalía municipal.
Tú tendrás que declarar en tu IRPF una ganancia patrimonial por la diferencia entre el valor de compra del inmueble y su valor real cuando lo dones.

Asume los impuestos

Se puede disminuir la tributación de la donación si pagas el IRPF, el ISD y la plusvalía municipal de tu hijo, además del resto de gastos de notaría, gestoría, etc.:
  • Puedes computar esos gastos como un menor valor de transmisión para disminuir la cuota a pagar del IRPF.
  • Tu hijo tendrá que declarar una segunda donación por el ISD y la plusvalía que tú vas a pagar, pero el resto de gastos no se consideran donación.

En muchas ocasiones, el mayor ISD derivado del pago de esos impuestos será menor al ahorro que tendrás en tu IRPF, lo que te permitirá disminuir la tributación global de la donación siempre que acredites que hay un pacto con tu hijo en el que te encargas del pago de los impuestos y gastos de la donación.

Por poner un ejemplo, imagina que donas una casa con valor de 300.000 euros que compraste por 230.000 euros. Tu hijo tiene que pagar la plusvalía municipal de 9.000 euros y el ISD de 17.000, y el resto de gastos son 3.500. En la tabla se ve la tributación global si tú pagas todo (opción 1), o si los paga tu hijo y tú solo pagas el IRPF (opción 2):

tabla.jpg

  1. Cuota del IRPF calculada sobre una ganancia de 40.500 euros (300.000-230.000-17.000-9.000-3.500)
  2. Cuota del ISD cuando pagas la plusvalía y el ISD
  3. Cuota del IRPF calculada sobre una ganancia de 70.000 euros (300.000-230.000)

Si quieres donar un inmueble a tu hijo y tienes dudas sobre la plusvalía y el ISD, contacta con Paneque Asesores, te ayudaremos y asesoraremos en lo que necesites. Puedes contactar con nosotros en el teléfono (+34) 952 22 67 47 o en el correo .

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