¿Y si vuelvo a contratar a un trabajador?

¿Y si vuelvo a contratar a un trabajador?
Como consecuencia de la crisis sanitaria, tu empresa va a tener que despedir a algunos de sus trabajadores y satisfacerles una indemnización exenta de tributar en el IRPF. No obstante, ¿qué ocurre si más adelante vuelve a contratar a alguno de ellos?
 

Si se reincorpora otra vez como trabajador

Para que la indemnización por despido quede exenta tienen que desvincularse el trabajador y la empresa. Eso no puede pasar si, en los 3 años siguientes al despido, el trabajador vuelve a la empresa o a otra vinculada a ella.

Aquí el afectado tendrá que presentar una complementaria del IRPF correspondiente al ejercicio de su despido, pagando la cuota y los intereses de demora. La presentación tiene que ser entre el momento de la reincorporación y la finalización del plazo para presentar la declaración del IRPF del ejercicio de la reincorporación.

También es importante saber lo siguiente:

  • Si el trabajador ha estado más de dos años trabajando antes del despido, al hacer la complementaria del IRPF tendrá derecho a computar una reducción del 30% sobre la indemnización que tiene que declarar.
  • La empresa no tendrá que presentar una complementaria sobre las retenciones que no se hayan efectuado. 

Si el trabajador se reincorpora como autónomo

Si el trabajador se reincorpora a la empresa como un autónomo, y ocurre en el plazo de los 3 años, Hacienda también considerará que no hay desvinculación y hará que el afectado tribute por la indemnización percibida.

Sin embargo, la regla de los 3 años es una presunción y se permite prueba en contrario. Por lo tanto, si el trabajador que ahora está como autónomo presta servicios diferentes a los que tenía antes sí puede existir desvinculación.

Si se produce la reincorporación dentro de los tres años, la indemnización tributará por IRPF. El trabajador deberá hacer una declaración complementaria del año de cobro, ingresando la cuota y los intereses de demora correspondientes.

Si quieres volver a contratar a un trabajador con su mismo puesto o como autónomo, prestando servicios diferentes, contacta con Paneque Asesores, te ayudaremos y asesoraremos en lo que necesites. Puedes contactar con nosotros en el teléfono (+34) 952 22 67 47 o en el correo .

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