Protocolo para el teletrabajo

Protocolo para el teletrabajo
El teletrabajo saca a la luz nuevos riesgos para la seguridad y confidencialidad (recepción de e-mails maliciosos, acceso no autorizado a datos personales...). Por ello, es bueno que dispongas de un protocolo en esta materia para tus trabajadores.

A causa la alerta sanitaria provocada por el COVID-19, es posible que una parte de tu plantilla esté teletrabajando. Pues bien, como esta situación genera nuevos riesgos para la seguridad y confidencialidad de la información gestionada por tu empresa, debes tener una “hoja de ruta” o protocolo con instrucciones a tu plantilla sobre esta materia.

Protocolo de teletrabajo

Estos protocolos sirven para regular las medidas de seguridad y de protección de datos que deben adoptar los trabajadores que tengan que teletrabajar. Una parte de estas medidas pretende proteger los dispositivos desde los que se teletrabaja. Por ejemplo:

  • Contraseñas. El trabajador tiene que proteger el dispositivo y el acceso a éste con contraseñas seguras y distintas a las utilizadas para acceder a sus cuentas de email personales.
  • Descargas. Los trabajadores no pueden descargar ni instalar en el dispositivo aplicaciones o software que no hayan sido previamente autorizados por la empresa.
  • Uso del dispositivo. O la prohibición de conectar los dispositivos a la red de la empresa desde lugares públicos y que no son seguros (o de conectarse a redes WIFI abiertas no seguras). Si el trabajador tiene un equipo corporativo, también suele prohibirse usarlo con fines particulares (redes sociales, e-mail personal, sitios que pueden contener virus, etc.).
El aumento del teletrabajo ha provocado que se incrementen los ataques informáticos. Por eso, conviene regular en el protocolo la necesidad de que el sistema antivirus instalado funcione y esté actualizado, y de verificar la legitimidad de los e-mails recibidos. Por ejemplo, para prevenir el “phishing”, hay que incluir en el protocolo que los trabajadores deberán comprobar que el dominio del que proceden los correos electrónicos es válido y conocido, sin descargar de primeras los ficheros adjuntos.

También es recomendable introducir en el protocolo otras medidas de seguridad tales como la obligación de desconectar la sesión de acceso remoto cuando se acaba la jornada de trabajo, extremar la precaución para evitar accesos no autorizados por parte de terceros, y minimizar o eliminar totalmente el uso de documentación en papel.  Por ejemplo, que la información en papel no se pueda desechar sin su previa destrucción, y que no se tiren papeles enteros o en trozos en papeleras de hoteles, lugares públicos o en la basura doméstica.

Acuerdo de teletrabajo

Si pactas con algún trabajador el teletrabajo, recuerda que hay que firmar un acuerdo por escrito. Incluye en ese acuerdo las instrucciones en materia de protección de datos y seguridad de la información objeto del protocolo. De todas formas, cuando hagas dicho protocolo, haz una reunión con los representantes de los trabajadores para saber su opinión:

  • Según la nueva normativa que regula el teletrabajo, en materia de protección de datos los representantes tienen que participar en la elaboración de las instrucciones.
  • En materia de medidas de seguridad de la información, los representantes deben estar informados antes de que se pongan en marcha.
Estos protocolos incluyen instrucciones para los trabajadores. Por ejemplo, la obligación de utilizar contraseñas seguras, no descargar en el ordenador programas no autorizados por la empresa o eliminar casi por completo el uso de documentación en papel.

Si quieres saber más información sobre el protocolo de teletrabajo, contacta con Paneque Asesores, te ayudaremos y asesoraremos en lo que necesites. Puedes contactar con nosotros en el teléfono (+34) 952 22 67 47 o en el correo .

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